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Descripción del trámite

Alegaciones o recursos contra impuestos, tasas y precios públicos del Ayuntamiento de Barcelona

¿Qué puede hacer?
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
  1. Rellene el formulario.

  2. Si procede, adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.

  3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

Después

  • Le recomendamos guardar el justificante en PDF o imprimirlo.
  • Recibirá respuesta a la alegación o al recurso que haya presentado.
¿Quién lo puede pedir?

Pueden hacer este trámite personas, empresas o entidades, o alguien que las represente.

Las personas profesionales de la gestión pueden hacer el trámite a través del Espacio Profesional.

Documentación

Debe presentar los documentos que correspondan a su situación:

  • Si ha vendido el inmueble: escritura de transmisión de la finca o anotación registral de la transmisión.
  • Si no es titular de todo el inmueble: escritura o documento que acredite cuál es su cuota de propiedad o titularidad.
  • Si el inmueble está segregado o agregado: declaración de alteración catastral y escritura que acredite la segregación o agregación.
  • Si no está de acuerdo con el pago del impuesto y ha rechazado el valor catastral con una resolución o sentencia firme: sentencia o resolución firme que acredite el nuevo valor catastral.
  • En otras situaciones, cualquier documento que acredite su recurso o alegación.

Debe presentar los documentos que correspondan a su situación:

  • Si ya no es la persona titular porque ha vendido el vehículo: documento que acredite el cambio de nombre en la Dirección General de Tráfico.
  • Si ya no es la persona titular porque ha cedido el vehículo a la Guardia Urbana o lo ha llevado a un desguace: documento que acredite la cesión.
  • Si no tiene que pagar el impuesto porque el vehículo no está domiciliado en Barcelona: permiso de circulación y último recibo pagado en el municipio donde esté domiciliado el vehículo.
  • Si tiene una exención: resolución de exención.
  • En otras situaciones, cualquier documento que acredite su recurso o alegación.

Debe presentar los documentos que correspondan a su situación:

  • Si no es la persona que debe pagar el impuesto: escritura de transmisión de la finca o anotación registral de la transmisión.
  • Si hay un error en la cuota de participación: escritura de transmisión de la finca o anotación registral de la transmisión.
  • Si hay un error en la fecha de compra o de transmisión: escritura de transmisión de la finca o anotación registral de la transmisión.
  • Si quiere reemplazar a la persona que compró el inmueble y ser la nueva persona propietaria (retracto legal): sentencia firme que acredite que la persona interesada tiene preferencia para adquirir el inmueble, y escritura de transmisión.
  • Si el valor del suelo no es correcto: resolución o sentencia firme que acredite el nuevo valor catastral del suelo cuando se hizo la transmisión.
  • Si ha heredado el inmueble y lo ha vendido menos de 1 año después: escrituras de aceptación de la herencia y de transmisión.
  • En otras situaciones, cualquier documento que acredite su recurso o alegación.

Debe presentar los documentos que correspondan a su situación:

  • Si hay un error en la fecha de alta o baja de la actividad: certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que indique la fecha en la que empezó o terminó la actividad (modelo 036 o modelo 840).
  • Si no le han aplicado la exención al iniciar una actividad nueva: resolución o certificado de la Agencia Tributaria que indique la fecha de inicio y que se trata de una actividad distinta a las que ya realiza en España.
  • Si su cifra de negocios es menor de 1 millón de euros: certificado de la Agencia Tributaria que acredite su cifra de negocios.
  • Si hay un error en los datos que se usan para calcular el impuesto: resolución o certificado de la Agencia Tributaria que indique los datos correctos que corresponden a su actividad.
  • En otras situaciones, cualquier documento que acredite su recurso o alegación.

Debe presentar los documentos que correspondan a su situación:

  • Si no le han notificado que es la nueva persona titular del impuesto: escritura de adquisición o anotación registral de la finca.
  • Si no está de acuerdo con el tiempo que le bonifican las obras: certificado del arquitecto/a que dirige las obras firmado por el colegio oficial, y Libro de órdenes donde aparezca la fecha de inicio.
  • Si no está de acuerdo con que hayan rechazado la bonificación de una rehabilitación total de un inmueble: licencia de obras, presupuesto de las obras y certificado del arquitecto/a que las dirige donde especifique qué obras se han realizado.
  • En otras situaciones, cualquier documento que acredite su recurso o alegación.

Debe presentar los documentos que correspondan a su situación:

  • Si hay un error en la fecha de alta o baja de la actividad: resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que indique la fecha en la que empezó o terminó la actividad.
  • Si quiere demostrar un cambio o baja:
    • Documento que acredite el cambio de datos o baja presentado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Si no tiene que pagar la tasa, debe presentar el modelo 036, y si debe pagarla, tiene que presentar el modelo 840.
    • Certificado de cambio de datos o baja emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • En otras situaciones, cualquier documento que acredite su recurso o alegación.

Además de la documentación del trámite, debe aportar uno de estos documentos:

  • Poder notarial.
  • Autorización firmada por la persona representada, y su documento de identificación si no está firmada electrónicamente.
  • Justificante que acredite la inscripción de una representación en estado válido en Representa. Puede consultar cómo descargar el justificante.
  • Declaración firmada por la persona representante donde conste que está inscrita en el espacio del profesional del Instituto Municipal de Hacienda.
  • Cualquier otro documento que acredite legalmente la representación.

Si hace el trámite con un certificado digital de persona jurídica o un certificado digital de representación de empresa o entidad, no debe aportar ningún documento de representación.

En los demás casos, además de la documentación del trámite, debe aportar uno de estos documentos:

  • Poder notarial.
  • Autorización de la empresa o entidad representada firmada por la persona representante legal, y su documento de identificación si no está firmada electrónicamente. También deberá presentar un poder notarial o cualquier otro documento que lo acredite como representante legal.
  • Justificante que acredite la inscripción de una representación en estado válido en Representa. Puede consultar cómo descargar el justificante.
  • Declaración firmada por la persona representante donde conste que está inscrita en el espacio del profesional del Instituto Municipal de Hacienda.
  • Cualquier otro documento que acredite legalmente la representación.
Fechas
  • Puede interponer un recurso contra las liquidaciones y los recibos de pago periódico tributarios y de precios públicos. El plazo para presentarlo aparece en el documento que ha recibido o en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB).
  • Si quiere rectificar una autoliquidación, debe hacerlo después de pagar y antes de que termine el derecho a reclamar (dentro de los 4 años siguientes).
Precio

    Este trámite es gratuito.

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