Descripción del trámite
Consulta en la Oficina de objetos perdidos sobre documentación y objetos perdidos
¿Qué puede hacer?
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
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Rellene el formulario y confirme los datos.
- Número de serie
Código de números, y ocasionalmente letras, que identifican un objeto en concreto. En el caso de los teléfonos móviles el número de serie se corresponde con el código IMEI (International Mobile Equipment Identity) que identifica a los aparatos independientemente de la compañía de telefonía o de la tarjeta que tenga.El número de serie lo facilita la compañía que fabrica el aparato y se puede localizar dentro del contrato, en el manual de usuario, en el documento de garantía, en algunas facturas o en la caja del envoltorio.
¿Quién lo puede pedir?
- Cualquier persona puede hacer la consulta.
- La recuperación del objeto o del documento perdido debe hacerla la persona propietaria o quien la represente.
- Si la persona propietaria no reclama el objeto perdido dentro del plazo que tiene para hacerlo, lo puede recuperar la persona que lo ha encontrado.
Documentación
Si la persona que quiere recuperar el objeto es su propietaria:
- Factura, contrato o cualquier otro documento que demuestre la titularidad del objeto
Si la persona que quiere recuperar el objeto es la representante de su propietaria:
Si la persona que quiere recuperar el documento es su titular:
- Cualquier documento de identificación
Si la persona que quiere recuperar el documento es la representante de su titular:
- Será necesario mostrar el original del documento de identificación (DNI, NIE, pasaporte...) de la persona que ha encontrado el objeto.
- Recibo de la persona que ha hallado y encontrado el objeto emitido por la Oficina de Objetos Perdidos en el momento de depositar el objeto encontrado.
Fechas
- Para su recuperación, la persona propietaria dispone de 6 meses para reclamar el objeto o documento.
- Una vez transcurrido este plazo sin que nadie lo reclame, la persona que encontró el objeto perdido dispone de 30 días para reclamarlo.
- Si finalmente el objeto no ha sido reclamado por la persona propietaria ni por la persona que lo encontró, el objeto se dona a entidades benéficas.
Precio
Organismo responsable
Accesibilidad
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