Descripción del trámite
Rellene el formulario.
Adjunte los archivos o ficheros con la documentación que considere necesaria.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro electrónico.
Después
Puede imprimir el justificante de registro del trámite efectuado (archivo en formato PDF).
En el resto de casos, el Ayuntamiento de Barcelona tramitará su solicitud de acuerdo con la normativa vigente.
Cualquier persona, empresa o entidad puede presentar una instancia genérica.
Las personas jurídicas, entidades y profesionales deberán hacer el trámite necesariamente a través de medios telemáticos.
Puede adjuntar la documentación que considere necesaria para su petición.
Si realiza el trámite con un certificado digital de persona jurídica o un certificado digital de representación de empresa o entidad, no debe aportar ningún documento de representación.
En los demás casos, debe aportar alguno de los siguientes documentos:
Se pueden presentar instancias genéricas en cualquier momento.
La recepción de documentos en un día inhábil se entenderá efectuada el primer dia hábil siguiente.
El registro se rige por la fecha y hora oficiales de la Sede electrónica.
El plazo máximo para resolver la petición lo establece el procedimiento correspondiente y no puede exceder los seis meses, excepto que una norma con rango de ley o de la Unión Europea lo amplie.
Si el procedimiento no establece el plazo máximo, este será de tres meses.
Finalizados estos plazos sin que se haya notificado resolución expresa, la petición se puede considerar estimada, excepto en los casos siguientes:
Trámite gratuito.